CONTENIDO
DE UN BOTIQUÍN EN LOS LUGARES DE TRABAJO
El botiquín que contenga elementos de primeros auxilios para los
lugares de trabajo, el contenido
deberá ser de acuerdo a los riesgos del puesto de trabajo y las cantidades
acorde al número de Trabajadores que harán uso del mismo. TENER MUY EN CUENTA LAS DISTANCIAS A RECORRER HASTA EL LUGAR DE
ATENCIÓN MÉDICA, DONDE SE ENCUENTRA EL PRESTADOR
AUTORIZADO Y RESPONABLE DE LA A.R.T.
DE LA ATENCIÓN MÉDICA
DEL TRABAJADOR ACCIDENTADO o PADECIENTE
DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL.
RECORDATORIO
MUY IMPORTANTE DE NORMATIVA VIGENTE
Establécese la obligación, para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleadores autoasegurados,
de arbitrar los medios necesarios a fin de asegurar la presencia de los
trabajadores damnificados ante los prestadores asistenciales, toda vez que
deban concurrir a recibir las prestaciones previstas en el artículo 20 de la Ley Nº 24.557.
En
general el
contenido del botiquín, debe poseer un mínimo de elementos
necesarios para atender las urgencias o emergencias más comunes. Lo ideal, y si es posible el
BOTIQUIN deberá estar ubicado lo mas próximo posible a los puestos de trabajo.-
Es aconsejable que todo esté ordenado y etiquetado,
y que se incluya en él una lista de los
teléfonos y direcciones de urgencia y emergencia, como así la de los teléfonos
y direcciones de prestadores de la
A.R.T. de la zona, o más próximos al lugar del accidente. Recordar que la
A.R.T. es la responsable del traslado y asistencia médica del
Trabajador siniestrado.
ATENCIÓN: NO INCLUIR EN LOS
BOTIQUINES NINGÚN PRODUCTO FARMACEÚTICO DE VENTA BAJO RECETAEl contenido del BOTIQUÍN debe revisarse con regularidad, para evitar que los productos ahí guardados se pasen de su fecha de vencimiento. El Trabajador o Persona responsable, con autorización para acceder al contenido del BOTIQUÍN, debe tener capacitación o asesoramiento previo para el manejo de cada uno de los productos contenidos. Para evitar que se alteren los productos contenidos del botiquín, se debe procurar que los envases estén bien cerrados y guardados en sitio fresco, seco y oscuro.
El inventario
del contenido del botiquín debe ser controlado periódicamente por el Trabajador o Persona responsable.
Únicamente colocar productos
farmacéuticos de VENTA LIBRE
u
Jabón Blanco o un frasco de jabón
líquido.
u
Un rollo de algodón hidrófilo de uso medicinal.
u Rollos de vendas de gasa de 10 cm., 5 cm., y 2,5 cm.
u Rollos de vendas de gasa de 10 cm., 5 cm., y 2,5 cm.
u
Paquetes de gasa esterilizadas bien cerradas de 10 cm. X 10 cm.
y 5 cm. X 5 cm.
u
Un termómetro y pequeña linterna.
u
Un rollo de cinta adhesiva en carrete de 2 cm. y 5 cm. de ancho.
u
Frasco de agua oxigenada 20 volúmenes.
u
Frasco de alcohol de uso medicinal.
u
Frasco de yodo povidona
u
Ibupirac 600 mg en comprimidos
u
Frasco
de Solución Fisiológica.
u
Vendaje
triangular 94 x 94 cm.
cuadrado o dobladas diagonalmente para un cabestrillo; como cubierta de vendaje.
u
Copita especial para lavar los ojos con agua.
u
Frasco de agua destilada estéril.
u
Torniquete.
Pieza de tela ancha, 50 cm.
de largo. Para uso en sangrado severo;
colocar hasta 30 minutos
u
Tablas
de 5 m m
de grueso por 9 cm.
de ancho y de 30 a
38 cm.
de largo para entablillado de la pierna o brazo fracturado.
u Alfileres de gancho
Para
la completar el contenido de productos farmacéuticos del botiquín, y su
utilización según los riesgos de los puestos de trabajo, SUGERIMOS CONSULTAR a nuestro SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO,
calle Hipólito Irigoyen Nº 1364, de la Ciudad de Río Cuarto, teléfono Nº 0358 – 4629830
– 4641599.
Correo
electrónico: medicinadeltrabajo@arnet.com.ar
(Observatorio de Salu y Seguridad Ocupacional)
No hay comentarios:
Publicar un comentario